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Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia Artículo 28 ter Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia Mendoza
Artículo 28 ter.

Directorio - Sesiones: "El Directorio de la Inspección General de Seguridad sesionará en Reuniones Ordinarias al menos dos (2) veces en la semana en presencia del Sr. Director Presidente. Sesionará en Reuniones Extraordinarias a pedido del Director Presidente o cuando lo soliciten cualquiera de los Directores Vocales. Las Sesiones se considerarán válidamente constituidas con la presencia de la mayoría simple de sus miembros. Estos deberán votar por la afirmativa o negativamente. No pudiendo abstenerse. Las decisiones se tomarán por mayoría simple de votos y en caso de empate el voto del Director Presidente se computará doble.



Provincia de Mendoza Artículo 28 ter Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia
Artículo 1 ...28 28 bis 28 ter 28 QUATER 28 QUINQUIES ...38

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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